Grupos de trabajo

Normas para la constitución y funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la SEPEAP

1. Introducción

Los Grupos de Trabajo (GT) de la Sociedad Española de Pediatría Extrahospitalaria y Atención Primaria (SEPEAP) deben ser el fundamento dinamizador de la actividad científica, docente e investigadora de la Sociedad.

La SEPEAP promoverá la participación de sus asociados en los distintos GT constituidos y favorecerá la creación de nuevos GT en función de las necesidades de la Sociedad y de los avances científicos y para ello ha desarrollado unas normas tanto para su constitución como para su funcionamiento habitual.

2. Concepto

Un GT es una comunidad de socios constituida en el seno de la SEPEAP con el fin de promover la docencia, formación, difusión de conocimientos e investigación en un área específica de la pediatría extrahospitalaria y/o de atención primaria que se ajustan a la normativa y funciones del presente reglamento con el fin de garantizar una adecuada uniformidad de los mismos.

3. Creación de un nuevo Grupo de Trabajo

Para la constitución de un nuevo GT, los socios interesados deben realizar una solicitud formal a la Junta Directiva de la SEPEAP (JD) indicando su pertinencia, fines y objetivos, que en todo momento deben coincidir con los establecidos en los Estatutos de la Sociedad.

La petición será realizada por el candidato a coordinador del nuevo GT. Debe, así mismo, informar sobre los socios que inicialmente formarían parte del GT y sus características.

Se expresarán los fines y objetivos del nuevo GT así como los medios propuestos para su consecución.

El alta se hará efectiva una vez aprobada por la JD, aunque de forma provisional puede hacerse por el Comité Ejecutivo de la Sociedad (CE) hasta la próxima reunión de la JD.

También desde el CE o desde la JD de la Sociedad se puede proponer a los socios la creación de un nuevo GT.

Cada GT podrá tener un nombre y logotipo que lo identifique, pero siempre con la indicación de que es GT de la SEPEAP. La SEPEAP realizará las gestiones oportunas para el registro de propiedades de logo y marca.

Los GT operativos antes de la aceptación de estas normas se consideran formalmente constituidos, aunque se recomienda homogeneizar el funcionamiento de todos los GT.

4. Coordinación de los distintos Grupos de Trabajo de la SEPEAP

Uno o más miembros de la JD de la SEPEAP designados por el CE serán los responsables de la coordinación de todos los GT de la Sociedad para resolver consultas, supervisar su funcionamiento, favorecer la interrelación entre los distintos GT, potenciar la inclusión de médicos residentes de pediatría y solicitar en su momento la memoria de actividades anuales del GT para incluir en la Memoria de la Sociedad.

5. Estructura funcional de los Grupos de Trabajo

El GT debe estar dirigido por un coordinador elegido entre los distintos miembros del Grupo y designado por la JD de la SEPEAP que deberá ser un Pediatra con trabajo en el ámbito extrahospitalario y/o de Atención Primaria y/o con experiencia contrastada en este nivel de atención.

Las funciones del coordinador serán dinamizar a los miembros del Grupo para cumplir los objetivos, coordinar y planificar las actividades, realizar o supervisar la memoria anual, ostentar la representación del GT ante la JD de la SEPEAP o bien representar a la Sociedad a requerimiento de la JD o CE en aquellas actividades de interés relacionadas con su GT en instituciones públicas o privadas.

El resto de los componentes serán socios numerarios de la Sociedad que hayan expresado su disposición o intención de pertenecer a él, en un número que no comprometan la operatividad del Grupo, que puede ser entre 6 y 22 miembros, aunque podrá variar según las características del GT o de situaciones específicas en un momento determinado.

Se promoverá de forma activa la participación de médicos residentes de pediatría con participación efectiva en sus actividades.

Se admite la presencia de socios no numerarios o incluso ajenos a la Sociedad que por su perfil o currículo justifique su inclusión para mejorar la funcionalidad y el cumplimiento de los objetivos del GT. Salvo excepciones, se recomienda no superen el 20% de los
componentes del GT.

En los distintos GT pueden colaborar de forma puntual socios o profesionales no integrantes del mismo y se pueden considerar asesores científicos a aquellos antiguos componentes del Grupo que ya no tienen actividad asistencial pero que por su especial relevancia se les solicite su cooperación.

Se recomienda favorecer la inclusión en los GT de socios de varias Comunidades Autónomas con el fin de mejorar la participación y difusión de su trabajo y por lo tanto su impacto, a nivel nacional y autonómico.

Se admite la presencia de socios numerarios en varios GT, aunque se recomienda por razones operativas el límite máximo de 3 Grupos.

Los Asociados con interés en participar en alguno de los Grupos de Trabajo constituidos lo solicitará al coordinador que posteriormente comunicará los cambios en el mismo a la JD.

Los miembros del GT que no participen en la dinámica y fines del Grupo durante un año sin causa justificada dejarán de ser miembros del Grupo a instancias del coordinador. Así mismo cualquier miembro del GT puede tramitar su baja voluntaria mediante un escrito al coordinador.

La JD puede anular un GT cuando no haya realizado las actividades necesarias para cumplir sus fines u objetivos, a lo largo de un año, tras oír a su coordinador. También podrán disolverse a iniciativa de sus componentes o cuando hayan cumplido los objetivos concretos para los que se fundó.

Las reuniones de los Grupos de Trabajo se realizarán habitualmente de forma telemática y cuando sea necesario reunirse de forma presencial se recomienda hacerlo durante la celebración del Congreso anual de la Sociedad o durante la celebración de algún Curso o Actividad promovida por el propio GT.

Si alguna sociedad o entidad científica invita a un miembro de un GT a participar en trabajos de investigación, elaboración de documentos técnicos o cualquier actividad científica relacionado con la materia del GT en representación de la SEPEAP, lo comunicará a la JD. En caso de ser invitado a participar a título individual sobre la materia del GT al que pertenece sería deseable que constara su pertenencia al GT.

6. Financiación

Con respecto a la financiación de los GT, se realizará siempre en coordinación con el CE Y/o JD y para la consecución de sus fines y objetivos pueden solicitar colaboración con entidades o Fundaciones públicas o privadas, con el compromiso ético de cumplir estrictamente con los estatutos de la Sociedad, sin que la obtención de recursos influya en ningún momento en el contenido o la orientación de sus actividades formativas o científicas.

Cuando estos recursos no sean suficientes la Sociedad se hará cargo de la financiación, una vez aprobado por la JD o CE.

Si de la actividad de los mismos el resultado fuera positivo, esta cantidad sería incorporada a los fondos de la Tesorería de la Sociedad.

La JD podrá determinar actividades prioritarias para la SEPEAP que encargará a un GT determinado para los que empleará recursos propios cumpliendo así sus propios objetivos y/o promoviendo la financiación o parte de esta por las instituciones antes mencionadas.

Ser miembro de un GT de la SEPEAP es un mérito para considerar y no se recibirá remuneración alguna por su pertenencia ni por su participación en cuantas actividades se le encarguen. Pudiendo ser retribuidos por aquellos trabajos encargados por el CE o JD en colaboración o no con otras Sociedades o empresas. El coordinador del GT deberá informar a los miembros del mismo de la remuneración (si existiese) que reciben el coordinador y cada miembro del GT por su participación, así como de los beneficios o gastos generados.

7. Difusión de los Grupos de Trabajo

Los GT podrán utilizar los medios de difusión de la Sociedad (página web, revistas, etc) siempre que cuenten con la aprobación de los editores de dichos medios.

La Junta Directiva facilitará el acceso de los GT a los medios de difusión propios y ajenos.

Los documentos generados deberán hacerse públicos en los medios de difusión de la SEPEAP.

Cada documento generado podrá tener uno o varios autores, debiendo citarse al GT a continuación de los autores.

8. Memoria anual

La Memoria Anual de los GT debe incluir:

  • Informe del Grupo de Trabajo: altas – bajas.
  • Informe de la actividad científica y docente.
  • Cursos presenciales o telemáticos.
  • Jornadas presenciales o telemáticas.
  • Seminarios web (Webinar).
  • Participación en ponencias en Congresos:
    • De la SEPEAP.
    • De otras Sociedades.
  • Comunicaciones en Jornadas y Congresos.
  • Publicaciones:
    • Revistas.
    • Libros.
  • Participación en Proyectos de Investigación.
  • Colaboraciones Institucionales con la Administración u otras entidades públicas o privadas.
  • Colaboración con otras Sociedades Científicas.
  • Otras actividades.

9. Disposición final

Todos aquellos aspectos no contemplados en esta normativa deberán regirse por los Estatutos de la SEPEAP y los acuerdos de la Junta Directiva de la misma.

Junta directiva de la SEPEAP, Madrid 20 de mayo de 2022.

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